Estas son las deducciones que puede hacer ante el SAT, en 2023 | Portal Inmobiliario

Estas son las deducciones que puede hacer ante el SAT, en 2023

La declaración de impuestos 2023 se realizará en abril, sin embargo, nunca es demasiado pronto para empezar a planificar las deducciones de este trámite.

Esto es con el fin de que disminuyan sus ingresos acumulables del ejercicio que corresponde por lo que podría ser el empujón que necesite para recuperarse de la cuesta de enero. Recuerde que la fecha límite es el 30 de abril.

Es importante recordar que para hacer válidas sus deducciones este 2023, hay que cumplir ciertas condiciones. Por ejemplo, todo lo que quiera deducir deberá pagarlo por medio de su tarjeta de nómina, tarjeta de crédito o transferencia electrónica y contar con su respectivo comprobante.

Además, el monto total de las deducciones personales no puede exceder de cinco Unidades de Medida y Actualización (UMA) anuales o de 15% total de sus ingresos, incluidos los exentos.

La UMA anual es de $37,844.40 pesos, de acuerdo con el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi).

¿Qué son los gastos deducibles de impuestos?

Pero antes de detallar los beneficios, se debe de aclarar, que un gasto deducible de impuestos es un gasto que como contribuyente tienes derecho a disminuir de tus ingresos acumulables en la Declaración Anual del ejercicio.

Un punto importante es que los gastos deducibles de impuestos se necesitan para cumplir ciertos bienes y servicios relacionados con salud, educación y vivienda.

¿Cuáles son los gastos deducibles de impuestos?

Primero que todo, para aplicar en las deducciones se necesita que adquiera un servicio presentado por un profesionista titulado y obtener la factura electrónica.

Uno de los tantos beneficios que puede alcanzar, es al comprar un boleto de avión o de autobús, pero para que sea viable tendrá que contar con los Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI), así como realizar pagos con tarjetas de débito, crédito o transferencia bancaria.

Gastos de alimentación, hospedaje y renta de vehículos también caben en el apartado de viáticos a deducir.

Las deducciones personales que contempla la ley este 2023

Salud

Los siguientes conceptos son deducibles si los efectúa para usted, su pareja (casados o en concubinato), madre o padre; abuelos, hijos y nietos. Esto, siempre y cuando, ellos dependan económicamente de usted.

•Honorarios médicos, dentales y por servicios profesionales en materia de psicología y nutrición: deben realizarlos personas con título profesional y registrados ante las autoridades educativas.

•Gastos hospitalarios y medicinas incluidas en facturas de hospitales.

•Honorarios por enfermería.

•Análisis o estudios clínicos.

•Compra de lentes ópticos graduados.

•Compra o alquiler de aparatos para el restablecimiento o rehabilitación de una persona.

•Prótesis.

•Primas por seguros de gastos médicos, complementarios o independientes de los servicios de salud, proporcionados por instituciones públicas de seguridad social.

Educación

En este caso, las deducciones que puede hacer ante el SAT hacen referencia a instituciones privadas con validez oficial.

Es posible deducir los gastos desde preescolar, hasta medio superior o su equivalente. No obstante, hay un límite anual de la cantidad disponible a deducir:

  • Preescolar: $14,200 pesos.
  • Primaria: $12,900 pesos.
  • Secundaria: $19,900 pesos.
  • Profesional técnico: $17,100 pesos.
  • Bachillerato o su equivalente: $24,500 pesos.

También se incluye el transporte escolar, pero solamente si es obligatorio.

‘Cuando realice pagos en un mismo ejercicio fiscal, por una misma persona, por servicios de enseñanza correspondientes a dos niveles educativos, el límite anual de deducción que puede disminuir es el que corresponde al monto mayor de los dos niveles, independientemente de que se trate del nivel que concluyó o el que inició’, explica el SAT.

Las cuotas por concepto de inscripción o reinscripción no son deducibles.

Otros

•Gastos funerarios de su pareja (casados o en concubinato), madre, padre, abuelos, hijos y nietos: se puede hacer a través de cualquier método de pago, siempre y cuando tenga la factura y su límite es una UMA anual.

•Intereses reales, devengados y pagados por créditos hipotecarios destinados a su casa y contratados con el sistema financiero, Infonavit o Fovissste, entre otras: esto mientras el crédito otorgado no exceda de 650,000 unidades de inversión (UDIS).

•Donativos otorgados a instituciones autorizadas para recibir donativos: no serán onerosos ni remunerativos. El monto no puede exceder 7% de los ingresos acumulables que sirvieron de base para calcular el impuesto sobre la renta del año anterior.

•Aportaciones complementarias de retiro realizadas a la Afore.

•El pago por impuestos locales por salarios: mientras la tasa no exceda 5%. Debe hacerlo mediante cheque nominativo del contribuyente, transferencia electrónica de fondos, tarjeta de crédito, de débito o de servicios. No es válido si el pago fue realizado en efectivo.

RECOMENDACIONES   

·Cuando se reciban facturas se debe revisar que el campo ‘Uso de CFDI’ y las claves de los productos o servicios estén relacionadas con el tipo de deducción personal.

·En la mayoría de los casos, no se pueden deducir facturas pagadas en efectivo, por lo que los pagos deben ser por medio de cheques nominativos (clave 02), transferencias electrónicas de fondos (clave 03), tarjetas de crédito (clave 04), tarjetas de débito (clave 28), o tarjetas de servicios (clave 29).

·El monto total de deducciones personales no puede exceder de cinco UMA anuales o del 15% del total de ingreso, lo que resulte menor, excepto las de los gastos médicos por incapacidad y discapacidad, donativos, aportaciones voluntarias y aportaciones complementarias de retiro, así como estímulos fiscales.

·Para mayor información consulte a las disposiciones fiscales aplicables al régimen que le corresponda, donde podrá checar específicamente los ordenamientos jurídicos de su actividad.

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